Aclaración de las fechas de reporte de información por parte de las EPS

De acuerdo con las Circulares Externas 008, 009 y 019 del 2020, se aclaran los periodos de reporte para las EPS de los siguientes anexos técnicos: FT001 – Catálogo de información financiera; FT003 – Cuentas por cobrar; FT004 – Cuentas por pagar acreedores; FT005 – Relación causación de costos, gastos y pagos realizados; FT006 – Bancos y carteras colectivas; FT007 – Control de inversiones inscritas en el Mercado de Valores de Colombia; FT011 – Condiciones financieras.   Para le fecha de corte del 31 de diciembre de 2020, la fecha de reporte debe ser en los primeros diez (10) días hábiles de febrero de 2021. Para le fecha de corte del 31 de enero de 2021, la fecha de reporte debe ser en los primeros diez (10) días hábiles de febrero de 2021.   A partir del corte del mes de febrero de 2021 y subsiguientes, el reporte deberá realizarse dentro de los diez (10) días hábiles del mes siguiente, contados a partir de la fecha de corte, la cual corresponde al último día de cada mes.   Cabe resaltar que, con lo anterior, el cierre de cada vigencia (diciembre) se reportará dentro de los primeros diez (10) días hábiles del mes de febrero de la siguiente vigencia. Los demás meses (enero a noviembre) deben ser reportados dentro de los primeros diez (10) días hábiles del mes siguiente a la fecha de corte.
Circular 001 de 2021, SuperSalud

Aclaración de las fechas de reporte de información por parte de las EPS