Modifica los procedimientos de autorización, habilitación, permanencia, y capacidad de afiliación de EAPB

La SuperSalud modifica procedimientos y requisitos para la autorización, habilitación, permanencia, y trato con usuarios por parte de EAPB; esto, con miras a ajustar su Circular Única con la normativa más reciente de MinSalud. De la norma resalta:
  1. En materia de autorización:
    1. Modifica las condiciones de gobierno organizacional y de gestión de riesgos requeridas para la autorización;
    2. Desarrolla los parámetros del Sistema de PQRS y tutelas;
    3. Dispone elementos en relación con la prestación de servicios de salud, gestión de salud pública y THS;
    4. Reglamenta las condiciones financieras y de solvencia.
  2. En materia de habilitación y permanencia:
    1. Reglamenta las visitas que desarrollará la SuperSalud una vez vencido el plazo de cumplimiento de las condiciones de habilitación y permanencia.
    2. Dispone que todas las entidades deben mantener documentación relacionada con las condiciones de habilitación y permanencia a disponibilidad de la SNS.
    3. Modifica los mecanismos de revocatoria de autorización de funcionamiento, retiro voluntario (parcial y total) y capacidad de afiliación.
SuperSalud, Circular Externa 2022151000000049 - 5 de 2022

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