Propone instrucciones para la conciliación y saneamiento de cuentas en el Sector Salud
Se proponen instrucciones para el seguimiento al proceso de conciliación, depuración y saneamiento de las cuentas por cobrar y pagar entre las Entidades Responsables de Pago (ERP) y las Entidades Beneficiarias de Pago (EBP). Esto incluye entidades promotoras de salud, entidades adaptadas, entidades territoriales, prestadores de salud, gestores farmacéuticos y operadores logísticos. Obligaciones de Cumplimiento- Gestiones administrativas: Las EPS y demás entidades deben realizar todas las gestiones administrativas necesarias para la conciliación, depuración y saneamiento de las cuentas por pagar.
- Consideración de Cuentas: Las EPS deben considerar las cuentas por pagar según lo reportado en el anexo técnico FT004 y otros reportes financieros.
- Cronograma Semestral: Las EPS deben definir y reportar un cronograma semestral de conciliación y depuración de cuentas por pagar (archivo FT038).
- Reporte Trimestral de Resultados: Las EPS deben reportar trimestralmente los resultados de la conciliación (archivo FT039).
- Seguimiento Trimestral: Las EPS deben reportar trimestralmente el avance del proceso de conciliación (archivo FT040).
- Publicación de Información: Las entidades deben publicar en sus páginas web los cronogramas y avances del proceso de conciliación.
- Resultados de conciliación: Los resultados deben reflejarse en los estados financieros y reportes de información de las entidades.
- Suspensión de reportes mensuales: Se suspende el envío mensual del archivo FT027 relacionado con el pago de facturas por atenciones en salud a menores con cáncer.
- Sanciones: El incumplimiento de las instrucciones puede resultar en infracciones administrativas según lo establecido en la Ley 1438 de 2011 y sus modificaciones.
Supersalud, Proyecto de Circular Externa, 14-abril-2025
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