Proyecta instrucciones adicionales para el reporte de información de los gestores farmacéuticos para efectos de supervisión
Pretende regular el reporte obligatorio de información por parte de los gestores farmacéuticos a la Superintendencia Nacional de Salud, con el fin de fortalecer la supervisión sobre la dispensación, distribución y abastecimiento de medicamentos y dispositivos médicos. Obligaciones de Cumplimiento Normativo- Los Gestores Farmacéuticos deberán reportar de forma trimestral a esta Superintendencia el archivo tipo ST029 - Acuerdos de voluntades con Entidades Responsables de Pago.
- Los Gestores Farmacéuticos deberán reportar de forma trimestral a esta Superintendencia el archivo tipo ST030 - Puntos de dispensación acuerdo de voluntades.
- Los Gestores Farmacéuticos deberán reportar de forma mensual a esta Superintendencia el archivo tipo ST031 – Información de Dispensación y Distribución de Medicamentos y Dispositivos Médicos.
- Los Gestores Farmacéuticos deberán reportar de forma mensual a esta Superintendencia el archivo tipo ST032– Tecnologías en Salud con dificultad de abastecimiento.