Proyecta instrucciones y requerimientos de información respecto a la atención integral en salud de gestantes y recién nacidos

La Supersalud, con el fin de garantizar el derecho a la salud de las mujeres en estado de gestación o puerperio, establece lineamientos frente a la atención integral de estas y de sus recién nacidos. De su contenido destaca:
  • Las Eps deberán, entre otras cosas:
  1. Garantizar la búsqueda activa, identificación oportuna y permanente de mujeres en edad fértil sin planificación familiar y mujeres gestantes sin control prenatal o con factores de riesgo de morbimortalidad materno-perinatal.
  2. Reportar las estrategias enfocadas en garantzar la Ruta Integral de Atención en Salud Materno—Perinatal (RIAMP)
  3. Monitorear en su red de prestadores de servicios de salud cuente con personal de salud capacitado en la adecuada atención en salud reproductiva, salud maternoperinatal con enfoque diferencial de género.
  • Las empresas que administran planes voluntarios de salud deberán, entre otras cosas:
  1. Reportar a la entidad responsable del aseguramiento en salud, las mujeres en edad reproductiva que se encuentren en estado de embarazo, así como las atenciones en salud realizadas cada mes; además, indicar la ruta de salud materno-perinatal con la que cuentan para la atención de dichas gestantes
  2. Capacitar a los funcionarios, empleador y usuarios en salud sexual, reproductiva y maternoperinatal.
  • Los prestadores de salud deberán entre otras cosas:
  1. Garantizar el talento humano idóneo en salud sexual, reproductiva y maternoperinatal durante los 12 meses del año.
  2. Capacitar a los funcionarios, empleador y usuarios en salud sexual, reproductiva y maternoperinatal.
  • Se establecen los formatos para el reporte de información por parte de los actores mencionados.
Se reciben comentarios hasta el 6 de enero de 2023
Supersalud, Proyecto de Circular Externa, 30-12-22

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