Actualiza la Circular Básica Jurídica de la SuperSociedades

La Superintendencia de Sociedades expide una versión integralmente revisada, ajustada y actualizada de la Circular Básica Jurídica (CBJ), con el fin de armonizar las instrucciones de supervisión con la normativa vigente, la práctica administrativa y los estándares actuales de supervisión societaria. Obligaciones de cumplimiento normativo
  1. Disminución de capital
  • Las entidades sujetas al régimen de autorización general deben conservar durante 10 años los documentos soporte de la operación.
  • Las sociedades sujetas a autorización particular deberán obtener aprobación previa de la Superintendencia antes de perfeccionar la reforma estatutaria correspondiente.
  1. Situaciones de control y grupos empresariales
  • Las matrices o controlantes tienen la obligación de inscribir la situación de control o grupo empresarial en el registro mercantil en 30 días hábiles.
  • También deben cumplir obligaciones asociadas a revelación de la estructura de control, elaboración de informes especiales y estados financieros consolidados o combinados, cuando proceda.
  1. Reuniones de órganos sociales
  • Se actualizan las reglas sobre convocatorias, reuniones presenciales, no presenciales y mixtas, derecho de inspección, quórums y mayorías y actas y formalidades societarias.
  1. Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo LA/FT/FP y C/ST
  • Los sujetos obligados deben implementar y mantener sistemas de prevención de riesgos LAFT, Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (FPADM) y Corrupción y Soborno Transnacional (C/ST).
  • Entre otras obligaciones se incluyen: Designación de Oficial de Cumplimiento, debida diligencia y debida diligencia intensificada, reportes ante la UIAF, capacitación periódica, canales de denuncia y políticas anticorrupción y de ética empresarial.
  • Reporte de designación del Oficial de Cumplimiento: 15 días hábiles.
  • Reemplazo del Oficial de Cumplimiento: 30 días calendario.
  • Capacitación: mínimo anual.
  • Implementación del sistema para nuevos sujetos obligados: antes del 31 de mayo del año siguiente a adquirir la condición de obligado.
  1. Reportes de sostenibilidad
  • La Circular incorpora recomendaciones para la presentación de reportes de sostenibilidad basados en estándares internacionales.
(SuperSociedades, Circular Externa 100-000020 de 2026, 2-jul-26)

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