Impartiría nuevas directrices a Cámaras de Comercio sobre inscripción de embargos y órdenes en procesos de extinción de dominio

La Superintendencia de Sociedades proyecta modificar Circular Externa 100-000002 del 25 de abril de 2022 con nuevas instrucciones para las cámaras de comercio en relación con la inscripción y certificación de medidas cautelares dentro de procesos de extinción de dominio.   Aspectos de interés
  • Las cámaras de comercio deberian inscribir y certificar de manera inmediata las medidas cautelares decretadas por la Fiscalía General de la Nación o el juez competente, sin turno y sin restricciones.
  • Se incluirian medidas como:
    • Suspensión del poder dispositivo
    • Embargos sobre establecimientos de comercio, cuotas o partes de interés
    • Nombramiento de depositarios provisionales, mandatarios o liquidadores
    • Pérdida del derecho de dominio y levantamiento de medidas
  • La Sociedad de Activos Especiales (SAE S.A.S.) podria solicitar la inscripción y ejercer derechos sociales cuando la medida recaiga sobre el 100% de las acciones o cuotas, incluso asumiendo la administración y representación legal de la sociedad.
  • Se prohíbiria el envío de alertas SIPREF en estos casos y se asignará un código interno para fines estadísticos, con reporte disponible en el RUES.
  • Los actos administrativos derivados de estas inscripciones serian actos de ejecución, por lo que no procede recurso alguno contra ellos.
  Vigencia: Seria a partir de su publicación en el Diario Oficial.   Se reciben comentarios hasta el 5 de diciembre
SuperSociedades, Proyecto de Circular Externa

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