Impartiría nuevas directrices a Cámaras de Comercio sobre inscripción de embargos y órdenes en procesos de extinción de dominio
La Superintendencia de Sociedades proyecta modificar Circular Externa 100-000002 del 25 de abril de 2022 con nuevas instrucciones para las cámaras de comercio en relación con la inscripción y certificación de medidas cautelares dentro de procesos de extinción de dominio. Aspectos de interés- Las cámaras de comercio deberian inscribir y certificar de manera inmediata las medidas cautelares decretadas por la Fiscalía General de la Nación o el juez competente, sin turno y sin restricciones.
- Se incluirian medidas como:
- Suspensión del poder dispositivo
- Embargos sobre establecimientos de comercio, cuotas o partes de interés
- Nombramiento de depositarios provisionales, mandatarios o liquidadores
- Pérdida del derecho de dominio y levantamiento de medidas
- La Sociedad de Activos Especiales (SAE S.A.S.) podria solicitar la inscripción y ejercer derechos sociales cuando la medida recaiga sobre el 100% de las acciones o cuotas, incluso asumiendo la administración y representación legal de la sociedad.
- Se prohíbiria el envío de alertas SIPREF en estos casos y se asignará un código interno para fines estadísticos, con reporte disponible en el RUES.
- Los actos administrativos derivados de estas inscripciones serian actos de ejecución, por lo que no procede recurso alguno contra ellos.
