Se expiden y adoptan los manuales de usuario para tramitar los procesos, procedimientos y trámites de insolvencia, a través de mecanismos digitales y del uso y aprovechamiento de las tecnologías de la información y las comunicaciones

Por medio de la presente resolución se establece que las solicitudes de inicio de Proceso de Reorganización previsto en la Ley 1116 de 2006, deberán presentarse preferentemente por el aplicativo Módulo de Insolvencia ("MI"), disponible en la página web de la SuperSociedades. Además, se destaca:
  1. A partir del 4 de octubre de 2021, no será posible radicar una Solicitud de Reorganización mediante radicación física en las ventanillas de la entidad o mediante envío al correo electrónico.
  2. El uso del aplicativo Módulo de Insolvencia ("MIo) para la admisión en línea a un Proceso de Reorganización se hará de conformidad con los términos y condiciones señalados en el anexo 1.
  3. Se aprueba el Manual Operativo de Usuario ("MOU") para el Proceso de Reorganización y el formato de solicitud de este proceso, que será incorporado en el Módulo de Insolvencia ("MI') para que los usuarios lo diligencien desde dicho aplicativo.
Resolución 100-005285 de 2021, SuperSociedades

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