Fundamenta la reglamentación de la inversión del 3% de los recursos de AFP en fondos de capital o deuda privados que inviertan en Colombia

La URF reglamenta la Ley 2112 de 2021 en lo relativo a la obligación de inversión de un mínimo del 3% de los recursos de los fondos de pensiones obligatorias (moderado, conservador y mayor riesgo) en fondos de capital o deuda privados que inviertan en Colombia. Del documento técnico destaca:
  1. Análisis de casos en países miembros de la Organización Internacional de Supervisores de Pensiones, con base en la Guía de buenas prácticas sobre inversión en fondos de capital privado de la SFC .
  2. Proyecta como criterios mínimos que deberán desarrollar las AFP en sus políticas de inversión: Solidez patrimonial, trayectoria profesional, capacidad operativa y organizacional, gobierno corporativo, gobernanza y ASG, divulgación de información.
Se recibirán comentarios hasta el 15 de febrero de 2022.
URF, Documento Técnico

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