Proyecta reglamentar el proceso de arbitraje ejecutivo y establece el régimen tarifario aplicable
El Ministerio de Justicia y del Derecho presenta un proyecto de decreto que modificaría y adicionaría el Decreto 1069 de 2015 para reglamentar el arbitraje ejecutivo introducido por la Ley 2540 de 2025. El proyecto desarrolla el marco institucional, procedimental y tarifario del arbitraje ejecutivo, fijando honorarios de árbitros ejecutores, árbitros de medidas cautelares y árbitros ejecutores de laudos, así como los gastos administrativos de los centros de arbitraje, bajo criterios de uniformidad, transparencia y previsibilidad.Algunos aspectos de interés:
- Se establece un régimen tarifario objetivo y progresivo con topes máximos, orientado a garantizar el acceso a la justicia, especialmente para personas de especial protección constitucional, incluidos los estratos 1, 2 y 3, e incorpora reglas de arbitraje social ejecutivo y amparo de pobreza. Para la definición de cuantías y honorarios, el proyecto adopta un símil con las reglas de cuantía del Decreto 042 de 2026, utilizando la Unidad de Valor Básico (UVB).
- Los honorarios del árbitro de medidas cautelares corresponderían al 50% de los del árbitro ejecutor, cuyos honorarios no pueden superar los 600 SMMLV. La acumulación de procesos, la terminación anticipada y otras formas de finalización del trámite inciden en la liquidación y devolución de honorarios y gastos. También se regulan los honorarios cuando la ejecución del laudo se adelanta ante el mismo tribunal o ante uno distinto.
- Los Centros de Arbitraje deberán implementar mecanismos que faciliten el acceso a los procesos arbitrales ejecutivos, teniendo en cuenta el amparo de pobreza como criterio de absoluta relevancia, de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 1563 de 2012
