Proyecta modificación del Catálogo Único de Información Financiera con Fines de Supervisión

Pretende reexpedir el Catálogo Único de Información Financiera con Fines de Supervisión (CUIF), modificando su estructura para que opere con 10 dígitos, con el fin de ampliar la capacidad de clasificación y reporte de información financiera de las entidades vigiladas y permitir la incorporación de nuevos requerimientos derivados de las actualizaciones permanentes de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). Disposiciones relevantes
  • Implementación del nuevo CUIF: Las entidades vigiladas deberán utilizar el nuevo CUIF de 10 dígitos de conformidad con la Circular Externa 021 de 2014, sus modificaciones y las instrucciones prudenciales aplicables.
  • Adopción de nuevos códigos contables: Las entidades deberán adoptar los nuevos códigos creados para el reconocimiento y reporte de activos y pasivos de seguros de acuerdo con NIIF 17 y régimen prudencial de reservas técnicas del Decreto 2555 de 2010.
  • Eliminación de códigos actuales: Las entidades deberán efectuar el desreconocimiento de determinados elementos contables y adoptar los nuevos registros contables requeridos por la entrada en vigor de la NIIF 17 y del nuevo régimen prudencial de reservas técnicas.
  • Elaboración y remisión de un Plan de Implementación: Las entidades deberán remitir a la SFC un plan que incluya cronograma de trabajo, actividades específicas y entregables, responsables de ejecución y seguimiento y análisis de impactos tecnológicos y operativos derivados de la implementación.
  • Reportes de seguimiento trimestrales: Durante el período de implementación deberán reportarse a la SFC avance del cronograma, actividades ejecutadas, porcentaje de avance y medidas de seguimiento y actualización del proyecto de implementación.
  • Ejecución de pruebas obligatorias: Las entidades deberán realizar pruebas previas a la entrada en vigencia para validar la correcta transmisión y reporte de la información financiera bajo el nuevo CUIF.
Fechas y plazos relevantes
  • Presentación del Plan de Implementación: 31 de octubre de 2026
  • Período de pruebas: 1 de octubre al 30 de noviembre de 2027
  • Información base para pruebas: Corte 30 de junio de 2027
  • Aplicación obligatoria de los nuevos códigos CUIF: 1 de enero de 2028
Se recibirán comentarios hasta el 30 de julio de 2026. Ver anexo
(SuperFinanciera, Proyecto de Circular Externa, 23-jul-26)

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