Proyecta Guía para la atención y liquidación de seguros tras el sismo del 10 de agosto de 2026
La guía proyecta establecer criterios para determinar cuándo varias pólizas relacionadas con un mismo evento constituyen coexistencia de seguros y cuándo deben tramitarse de manera independiente. También desarrollaría mecanismos de coordinación entre aseguradoras para la gestión de reclamaciones derivadas del terremoto del 10 de agosto de 2026.Algunas de las obligaciones:
- Verificar la identidad de asegurado, interés asegurable y riesgo para determinar la existencia de coexistencia técnica de seguros.
- Documentar y soportar la decisión adoptada frente a cada reclamación.
- Coordinar entre aseguradoras los procesos de contribución, recobro o compensación cuando corresponda.
Algunos aspectos de interés:
- Incluye un árbol de decisión para identificar coexistencia técnica, concurrencia de intereses o coberturas independientes.
- Desarrollaría escenarios prácticos para pólizas de copropiedad, hogar, hipotecarias, vida grupo deudores y seguros de personas.
- Para las ARL, contemplría un caso de trabajador lesionado durante el sismo, señalando que pueden concurrir coberturas de la subcuenta ECAT y del Sistema General de Riesgos Laborales.
- La guía indicaría que la definición del responsable del pago no debe retrasar la atención del trabajador.
- La guía señalaría que debería armonizarse con las condiciones particulares de cada póliza, la prueba disponible y las decisiones correspondientes de cada aseguradora.
