Proyecta la definición de las especificaciones técnicas y operativas relativas a las cuentas maestras de recaudo y pago

La ADRES proyecta las especificaciones técnicas y operativas relativas al reporte de información y movimientos financieros de la cuentas maestras de recaudo y pago, y define las estructuras de reporte de información de los movimientos. Del proyecto resalta:
  1. EPS del régimen contributivo deberán reportar a la ADRES en los primeros 10 días hábiles de cada mes; la ADRES entregará el resultado de habilitación o cierre de cuentas en cinco días hábiles a partir de la presentación de la solicitud.
  2. EPS podrán sustituir cuentas maestras de pago una vez por año.
  3. El cambio normativo entrará en vigor el 01 de junio de 2022.
Se recibirán comentarios hasta el 26 de mayo de 2022.
ADRES, Proyecto de Resolución

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