En atención a la habilitación que hace la ley a los autorreguladores para que adelanten actividades de autorregulación voluntaria, la AMV emite el presente reglamento que regirá exclusivamente la actividad de que desarrolla esa entidad y no producirá efectos sobre la actividad de autorregulación del mercado de valores o cualquier otra actividad que adelante la AMV. De la norma se destaca: i) AMV será la competente en el ejercicio de sus funciones respecto de las actividades de cotización, negociación, celebración, ofertas y cierre de operaciones, entre otras. ii) Las funciones de la AMV serán normativa, de supervisión, disciplinaria y certificación. iii) La AMV tendrá funciones de investigación y juzgamiento de hechos y conductas para determinar la responsabilidad por incumplimiento normativo.

En atención a la habilitación que hace la ley a los autorreguladores para que adelanten actividades de autorregulación voluntaria, la AMV emite el presente reglamento que regirá exclusivamente la actividad de que desarrolla esa entidad y no producirá efectos sobre la actividad de autorregulación del mercado de valores o cualquier otra actividad que adelante la AMV. De la norma se destaca:
  1. AMV será la competente en el ejercicio de sus funciones respecto de las actividades de cotización, negociación, celebración, ofertas y cierre de operaciones, entre otras.
  2. Las funciones de la AMV serán normativa, de supervisión, disciplinaria y certificación.
  3. La AMV tendrá funciones de investigación y juzgamiento de hechos y conductas para determinar la responsabilidad por incumplimiento normativo.
AMV, Reglamento de autorregulación voluntaria de divisas

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