Pretende regular proyecto sobre el acoso sexual en el ámbito laboral y educativo

Establece los lineamientos para implementar medidas integrales de prevención, atención, protección y reparación frente al acoso sexual en los contextos laborales (público y privado) y educativos, mediante la creación del Plan Transversal para la Eliminación del Acoso Sexual, con el fin de garantizar ambientes de trabajo dignos, seguros y libres de violencia. 

Disposiciones relevantes 

  • Adopción obligatoria de un Plan Transversal con medidas integrales contra el acoso sexual. 
  • Creación de un grupo especializado interno distinto al Comité de Convivencia, encargado de gestionar los casos. 
  • Obligatoriedad de implementar rutas de atención, protección y denuncia accesibles y efectivas. 
  • Inclusión del acoso sexual como variable en sistemas de información institucional y reporte nacional (SIVIGE). 
  • Aplicación a todas las formas de vinculación: empleados, contratistas, aprendices, voluntarios y postulantes. 

Obligaciones para empleadores 

  • Adoptar e implementar una política institucional contra el acoso sexual, incorporada en: 
  • Reglamento interno de trabajo 
  • Contratos 
  • Procesos y procedimientos internos. 
  • Implementar medidas de prevención, incluyendo: 
  • Campañas de sensibilización 
  • Programas de formación e inducción 
  • Estrategias de transformación cultural. 
  • Garantizar atención inmediata de casos: 
  • Activación de rutas desde la recepción de la queja 
  • Acompañamiento psicológico y jurídico 
  • Confidencialidad y no revictimización 
  • Adoptar medidas de protección: 
  • Evitar contacto entre víctima y presunto agresor 
  • Prohibir represalias 
  • Ajustar condiciones laborales si es necesario. 
  • Implementar medidas de reparación integral, incluyendo: 
  • Restablecimiento de condiciones laborales 
  • Ajustes organizacionales 
  • Seguimiento para evitar repetición. 

Procedimiento disciplinario obligatorio 

  • Establecer un proceso formal para investigar y sancionar el acoso sexual, que incluya:  
  • Recepción y registro de la queja 
  • Notificación al presunto responsable 
  • Formulación de cargos 
  • Derecho de defensa (mínimo 5 días) 
  • Decisión motivada 
  • Imposición de sanciones proporcionales 
  • Recursos 
  • Definir una escala de faltas y sanciones en el reglamento interno. 

Seguridad social, ARL y reportes 

  • Reporte obligatorio de casos de acoso sexual a la ARL. 
  • Notificación de información al Ministerio del Trabajo de manera semestral. 
  • Garantizar la protección de datos personales (Ley 1581 de 2012). 

Medidas de prevención institucional 

  • Implementar:  
  • Canales de denuncia confidenciales 
  • Sistemas de seguimiento y evaluación 
  • Programas permanentes de capacitación 
  • Acciones implementadas 
  • Número de quejas y sanciones 
  • Participar en campañas nacionales (octubre y noviembre). 

Plazos y vigencia 

  • Implementación del Plan Transversal: 12 meses desde su adopción. 
  • Reportes al Ministerio del Trabajo: semestral.  
  • Vigencia: desde el día siguiente a su publicación. 
Se recibirán comentarios hasta el jueves, 14 de mayo de 2026 
(MinTrabajo, Proyecto de Decreto 29-mayo-2026)

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