Proyecta instrucciones sobre los planes institucionales de Fndos Voluntarios de Pensión en los que participen dos o más entidades patrocinadoras
(SuperFinanciera, Proyecto de Circular Externa, 9-dic-2025) La SuperFinanciera proyecta definir requisitos para autorizar la conformación de planes institucionales en los que participen dos o más entidades patrocinadoras. Para esto, se adicionaría un nuevo subnumeral 3.3. al Capítulo VI del Título III de la Parte II de la Circular BásicaJurídica (CBJ) Requisitos para autorizar la constitución de nuevos FVP”. Aplicaría para: representantes legales y revisores fiscales de las sociedades administradoras de los fondos voluntarios de pensión. Algunas de las obligaciones: Para las sociedades administradoras de Fondos Voluntarios de Pensión (FVP), estas deberían:- Solicitar autorización previa a la SuperFinanciera para la conformación de planes institucionales en los que participen dos o más entidades patrocinadoras.
- Remitir la siguiente información a la Superintendencia:
- Identificación de las entidades patrocinadoras que conforman el plan.
- Condiciones particulares establecidas por las entidades patrocinadoras.
- Certificación del representante legal de cada entidad patrocinadora, asegurando que el plan no pone en peligro los intereses de los partícipes y patrocinadores.
- Medidas definidas para gestionar cualquier conflicto de interés entre las entidades patrocinadoras, o entre éstas y los partícipes.
- Certificación del representante legal de cada entidad patrocinadora sobre el cumplimiento de los deberes legales en materia laboral y tributaria en la conformación del plan.
