Reitera la obligación de clasificar las inconformidades de los consumidores financieros

La SFC reitera a las entidades vigiladas la obligación de clasificar las inconformidades que interponen los consumidores financieros en el Casiller Virtual -SIRI-, de forma previa a la remisión de la respuesta al traslado inicial; esto, incluyendo los productos y la clasificación de los motivos que deban asignarse a cada una de las quejas. Ver Normas relacionadas: Circular Externa 024 de 2014Circular Externa 037 de 2018Carta Circular 033 de 2019
SFC, Carta Circular 031 de 2021

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