Proyecta Instrucciones para mitigar los efectos derivados de la Emergencia Económica, Social y Ecológica (Decreto 0150 de 2026)

La Superintendencia Financiera proyecta impartir instrucciones transitorias y excepcionales a las entidades vigiladas para mitigar los efectos del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado mediante el Decreto 0150 de 2026, en desarrollo del Decreto 0175 de 2026, aplicable en varios departamentos del país, incluido Antioquia. Establecería medidas prudenciales y de protección al consumidor financiero para aliviar la situación económica de los consumidores afectados.  
Algunas de las obligaciones
Las entidades vigiladas deberán:
  • Identificar a los consumidores financieros afectados y los productos impactados.
  • Diseñar y aplicar de oficio programas de refinanciación de créditos, con análisis individual de afectación y capacidad de pago.
  • Garantizar que las condiciones refinanciadas no sean más gravosas, sin cobro de intereses ni mora durante la renegociación (máx. 90 días).
  • Mantener la calificación crediticia y el reporte a centrales de riesgo durante la aplicación de las medidas.
  • Informar de manera clara al consumidor las condiciones de las medidas y permitir su rechazo.
  • En el caso de aseguradoras, facilitar el pago de primas, agilizar la atención y pago de siniestros y publicar las políticas adoptadas.
  • Garantizar la continuidad del servicio y habilitar canales prioritarios de atención.
  • Reportar a la SFC las políticas y medidas adoptadas, así como información periódica sobre créditos refinanciados y siniestros asociados a la emergencia.
Fechas y plazos relevantes
  • Reporte inicial a la SFC: dentro de los 30 días siguientes a la publicación de la circular.
Vigencia: desde su publicación y durante el Estado de Emergencia   Se reciben comentarios hasta hoy 10 de marzo de 2026 antes de las 6 pm.
SFC, Proyecto de Circular Externa, 10-mar-2026

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