Instrucciones relacionadas con las operaciones que se realizan mediante el uso de códigos QR

Con el objetivo de promover la realización de operaciones de manera segura mediante el uso de códigos QR, atender los estándares internacionales y promover la interoperabilidad, la SFC imparte instrucciones a las entidades vigiladas para que adopten la última versión del estándar «EMV® QR Code Specification for Payment Systems (EMV QRCPS) Merchant-Presented Mode or Consumer-Presented Mode» en la realización de todo tipo de operaciones monetarias que se lleven a cabo mediante el uso de códigos QR. De su contenido se destaca:
  1. Modifica la definición de códigos QR de la Circular Básica Jurídica con el fin de incluir todas las operaciones monetarias.
  2. Modifica la Circular Básica Jurídica con el fin de instruir a las entidades vigiladas para que adopten la última versión del estándar «EMV® QR Code Specification for Payment Systems (EMV QRCPS) Merchant-Presented Mode or Consumer-Presented Mode» en la realización de todo tipo de operaciones monetarias que se lleven a cabo mediante el uso de códigos QR.
  3. En el caso de operaciones no monetarias que se realicen mediante el uso de códigos QR, las entidades vigiladas podrán decidir si adoptan o no la última versión del estándar «EMV® QR Code Specification for Payment Systems (EMV QRCPS) Merchant-Presented Mode or Consumer-Presented Mode».
  4. Las entidades vigiladas que tienen implementados códigos QR bajo estándares distintos a la última versión del estándar «EMV® QR Code Specification for Payment Systems (EMV QRCPS) Merchant-Presented Mode or Consumer-Presented Mode» tendrán un plazo máximo de 2 años contados a partir de la expedición de la presente Circular para llevar a cabo la migración de la totalidad de los códigos al nuevo estándar.
  5. Las entidades deberán remitir a la SFC el plan de migración a más tardar el 1 de enero de 2024.
Ver anexo
(SuperFinanciera, Circular Externa 005 de 2023, 22-mar-23)

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