Proyecta instrucciones para mitigar los efectos derivados de la situación de desastre nacional
Pretende impartir instrucciones transitorias a las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia para la adopción de medidas prudenciales y de protección al consumidor financiero orientadas a mitigar los efectos económicos derivados del terremoto ocurrido el 10 de agosto de 2026 y de la situación de desastre nacional declarada mediante el Decreto 1171 de 2026. Obligaciones para aseguradoras Las compañías de seguros de vida y generales deberán:- Implementar mecanismos prioritarios para la atención de los proveedores de servicios de salud ubicados en los territorios cubiertos por la declaración de situación de desastre, relacionados con el pago de facturas y autorizaciones requeridas.
- Adoptar medidas especiales para atender asegurados afectados.
- Facilitar alternativas para el pago de primas.
- Implementar mecanismos ágiles para reclamaciones e indemnizaciones.
- Publicar políticas de alivio para primas.
- Implementar canales y puntos de atención prioritarios.
- Informar cambios en horarios y puntos de atención.
- Habilitar canales alternativos.
- Activar planes de continuidad del negocio y contingencia.
- Fortalecer canales digitales.
- Divulgar claramente los programas implementados.
- Disponer canales especiales para consultas, PQRS y reclamaciones.
- Implementar mecanismos presenciales y prioritarios para consumidores afectados
- Adoptar políticas y procedimientos para identificar consumidores afectados por el desastre.
- Identificar consumidores cuya capacidad de pago o situación económica se haya deteriorado.
- Identificar productos o servicios que puedan generar reclamaciones derivadas del desastre.
