Segunda ronda de comentarios del proyecto de Circular Externa sobre Riesgos Ambientales y Sociales
La Superintendencia Financiera de Colombia publica para la segunda ronda de comentarios el proyecto de Circular Externa por medio de la cual se dan instrucciones para la gestión de los riesgos ambientales y sociales, incluido el climático.Disposiciones de alto impacto
- Creación del Capítulo XXXIII de la Circular Básica Contable y Financiera (CBCF): Se establece un nuevo capítulo titulado “Reglas para la integración de factores ambientales, sociales, incluidos los climáticos”, que incluye los lineamientos sobre política, gestión de riesgos y reglas específicas para operaciones crediticias.
- Inclusión del riesgo climático como componente transversal en toda la normativa.
- Se incorpora la Ley 2294 de 2023 como base normativa, alineando la regulación con el Plan Nacional de Desarrollo.
Principales obligaciones de cumplimiento
- Sobre el Capítulo XXXIII – Reglas para la Integración de Factores Ambientales, Sociales y Climáticos
- Política Ambiental y Social: Las entidades deben definir una política que integre objetivos ambientales, sociales y climáticos, alineados con marcos internacionales como los ODS. Esta política debe incluir estrategias de sostenibilidad, alineación de productos y servicios, mecanismos de comunicación y capacitación, y objetivos medibles.
- Se asignan responsabilidades claras a la Junta Directiva y Alta Gerencia para la aprobación, seguimiento y revisión periódica de la política.
- Gestión de Riesgos Ambientales, Sociales y Climáticos
- Las entidades deben establecer mecanismos para identificar, medir, controlar y monitorear estos riesgos, considerando su impacto financiero y su interacción con otros riesgos.
- Se establecen reglas específicas para la gestión de riesgos en operaciones crediticias, incluyendo criterios de evaluación, seguimiento y mejora continua.
- Plan de implementación obligatorio: Las entidades deben presentar un plan de implementación a más tardar el 30 de enero de 2026.
- Aplicación anticipada: Se permite la implementación anticipada de las disposiciones, con posibilidad de reconocimiento público por parte de la Superfinanciera.
Fechas y plazos de implementación
- Política Ambiental y Social: hasta 6 meses desde la publicación de esta norma.
- Gestión de riesgos ambientales, sociales y climáticos: hasta 18 meses.
- Reglas para operaciones crediticias: hasta 18 meses.
Otros aspectos relevantes
- Enfoque integral: Se unifican las disposiciones en un solo capítulo normativo, reemplazando la modificación del Capítulo XXXI (SIAR) que estaba presente en la versión anterior.
Ver anexos < Importante su revisión
Se reciben comentarios hasta el 9 de junio 2025Superintendencia Financiera de Colombia, Proyecto de Circular Externa, 3-junio2-2025
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